La Corte Suprema de Justicia de la Nación se declaró competente para
intervenir en la demanda presentada por la Provincia de Corrientes contra el
Estado nacional por el valor de las regalías eléctricas que recibe por la energía
generada en las represas de Yacyretá y Salto Grande.
En su resolución, el máximo tribunal convocó a una
audiencia para el 16 de marzo de 2026 a las 11 horas, que se
realizará en el ámbito de la Secretaría de Juicios Originarios de la Corte, con
el objetivo de avanzar en el tratamiento del caso.
La demanda presentada por el Gobierno de Corrientes busca que Nación cumpla
plenamente con lo establecido en la legislación vigente respecto al valor de
las “regalías en especie”, que la provincia recibe por la
energía producida en ambas centrales hidroeléctricas.
En ese sentido, la provincia reclama que se le
reconozca un precio equivalente al precio medio monómico del Mercado Eléctrico
Mayorista, o bien el mismo valor que reciben otras jurisdicciones como Neuquén y
Entre Ríos por ese concepto.
Además, Corrientes solicita que se le reintegre, con efecto
retroactivo al 1 de abril de 2021, la diferencia entre el valor actualmente
reconocido y el que determine la Justicia, junto con los
intereses correspondientes.
En el expediente también se cuestiona la constitucionalidad
de resoluciones de la Secretaría de Energía que establecen límites del 20% y
luego del 30% para compensar regalías con deudas de distribuidoras eléctricas,
al considerar que esas disposiciones afectan el derecho de propiedad, el principio de igualdad entre
provincias y lo establecido en el artículo 124 de la Constitución Nacional.
No obstante, la Corte rechazó la medida cautelar solicitada por Corrientes,
que pretendía que se le pagara de manera inmediata el mismo valor que reciben
otras provincias. El tribunal sostuvo que no se acreditaron de manera
suficiente los requisitos necesarios para modificar la situación actual antes
de la sentencia definitiva.
En la resolución también se dispuso correr
traslado de la demanda al Estado nacional por un plazo de 60 días
y citar como tercero a CAMMESA, la empresa encargada de administrar el
Mercado Eléctrico Mayorista y de liquidar las regalías energéticas.









